Deducción autonómica valenciana — la mayor
El 40 % de lo que inviertas si es tu vivienda habitual, y el 20 % si es una segunda residencia. La base máxima es de 8.800 € por vivienda y ejercicio, así que la deducción puede llegar a 3.520 €.
Está en el artículo 4.Uno.o) de la Ley 13/1997 de la Generalitat: no es una convocatoria que se agote. Exige que la instalación esté inscrita en el registro de autoconsumo de la Comunitat y su certificación acreditativa, y eso lo tramitamos nosotros al legalizar. Si un año no te cabe en la cuota, el resto se aplica en los cuatro ejercicios siguientes.
La parte de la inversión cubierta por una subvención pública no da derecho a deducción.
Deducción estatal en el IRPF
Las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética están prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2026. Se articulan en tres tramos —20%, 40% y 60%— según el tipo de obra y la mejora acreditada, y exigen certificado de eficiencia energética antes y después.
No es una deducción «por poner placas»: va ligada a la mejora real que consigues en el inmueble.
Bonificación del IBI
Muchos ayuntamientos bonifican el IBI de las viviendas con autoconsumo, habitualmente hasta un 50% durante varios años. Es potestativo de cada municipio, así que hay que mirar la ordenanza fiscal del tuyo.
Lo comprobamos en tu ayuntamiento antes de que firmes, y te decimos qué hay y qué papeles pide.
Bonificación del ICIO
El impuesto de construcciones que se paga al pedir licencia también admite bonificación —en algunos municipios hasta el 95%— para instalaciones que aprovechan energía solar.
Igual que el IBI: depende de la ordenanza y se solicita en el momento del trámite, no después.