En las reseñas de instaladoras se repite una queja: «todavía no me han enviado el CIE» (el CIE es el boletín), y con ella, ayudas perdidas. Así que conviene saber qué es, quién tiene que dártelo y qué hacer si no llega.
Qué es exactamente el boletín
«Boletín» es el nombre de siempre del certificado de instalación eléctrica. Para un punto de recarga, certifica que la instalación nueva (la línea desde tu cuadro o tu contador, sus protecciones y el cargador) se ha hecho según el Reglamento electrotécnico para baja tensión y su instrucción de recarga, la ITC-BT-52.
Lo que dice el reglamento, en su artículo 18, en lenguaje llano:
- Las instalaciones eléctricas solo las pueden hacer empresas instaladoras.
- Al terminar y verificar la obra, la empresa que la ha hecho emite el certificado.
- Ese certificado se deposita ante el órgano competente de la comunidad autónoma, que lo registra y devuelve copia diligenciada.
- Sin esa copia, la distribuidora no puede conectar una instalación que necesite suministro nuevo.
Junto al certificado va la documentación técnica: en una vivienda o en una plaza de garaje, normalmente una memoria técnica de diseño. Solo hace falta proyecto en recargas de mucha potencia (más de 50 kW), en algunas exteriores (más de 10 kW) o en recarga en corriente continua.
¿Es obligatorio legalizar un punto de recarga?
Sí. Un punto de recarga es una instalación eléctrica nueva o una ampliación de la que tienes, y el reglamento obliga a que la haga una empresa instaladora y a que se certifique y se registre. No es un papeleo opcional que se pueda dejar para luego.
Dónde se registra en la Comunitat Valenciana
En la Comunitat Valenciana, el certificado se presenta por vía electrónica en la sede de la Generalitat. Para una vivienda o una plaza de garaje, lo más probable es que vaya por el trámite de instalaciones de baja tensión con memoria técnica de diseño (GVA, trámite 440), que cubre las instalaciones de vivienda aunque su ficha no nombra la recarga de forma expresa. Lo presenta la empresa instaladora (o el titular con la firma del instalador). Tú no tienes que hacer nada: solo recibir el certificado registrado y guardarlo.
Qué pasa si tu cargador no tiene boletín
Puede que el cargador funcione igual. Lo que no tienes es el documento que acredita que esa instalación es segura y legal, y eso se nota en cuatro sitios:
- Hacienda. La deducción del IRPF por punto de recarga dice, literalmente, que «deberá contarse con las autorizaciones y permisos establecidos en la legislación vigente» (Ley del IRPF, disposición adicional 58.ª). Sin certificado, no hay deducción del 15 %, que llega hasta 600 €. Ojo con el plazo: la instalación tiene que terminar en 2026 y solo cuenta lo pagado hasta el 31 de diciembre de 2026. Más en la deducción del 15 % en el IRPF y en cómo aplicar la deducción en la renta.
- El seguro. Si un día hay un problema eléctrico, el certificado es lo que acredita que la instalación cumplía el reglamento. Qué exige tu aseguradora lo dice tu póliza: consúltalo con ella antes de que lo necesites, no después.
- La comunidad. En un garaje comunitario, el certificado es lo que puedes enseñar al presidente o al administrador cuando pregunten si la instalación es segura. La ley no te pide su permiso, pero sí que la instalación cumpla. Lo contamos en punto de recarga en garaje comunitario.
- El día que vendas o alquiles. Quien revise la instalación de tu casa o de tu plaza en el futuro puede pedirte ese papel, y tenerlo a mano evita discusiones.
Si ya tienes un cargador puesto sin boletín, lo normal es que una empresa instaladora lo revise, adapte lo que no cumpla y certifique la instalación. Lo que no se puede es emitir un certificado de una obra que nadie ha verificado.
Cómo saber si tu instalador lo va a hacer bien
Antes de firmar, pregunta tres cosas:
- ¿El presupuesto incluye el certificado y su registro? Debería aparecer escrito, no «se hace aparte».
- ¿Quién lo firma? Tiene que ser la empresa instaladora que ejecuta la obra, con instaladores autorizados.
- ¿Cuándo me lo entregáis? Se emite al terminar y verificar, y se registra después. Pide que te avisen cuando esté registrado.
Y un consejo que aparece en más de una reseña: no pagues el total de una instalación que todavía no funciona. Puedes ver los pasos de una instalación para saber en qué momento llega cada papel.
Cómo lo hacemos en ALMOVA
La legalización va en nuestro presupuesto: emitimos el certificado como empresa instaladora, con instaladores autorizados, y lo registramos ante la Generalitat. Te entregamos el certificado registrado y la documentación del cargador, sea un Woltio PRO, un V2C Trydan o el que ya tengas. Si quieres el detalle del servicio, mira la legalización de tu punto de recarga y qué lleva la instalación de un cargador en casa.
Pagas a los 7 días de tenerlo instalado y funcionando, también si lo financias. Si en esos 7 días algo de la instalación falla, vamos y lo reparamos todo en 24-48 horas. Para saber cuánto costaría el tuyo, calcula tu presupuesto en dos minutos.








